El pasado 4 de septiembre de 2006, se publicó en el BOE el REAL DECRETO 919/2006, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
La ITC-ICG 07 (Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos), en su punto 2 (diseño y ejecución de las instalaciones receptoras) dice que las instalaciones receptoras situadas en locales domésticos, colectivos o comerciales con presión máxima de servicio hasta 5 bar, se realizarán conforme a los requisitos descritos en la norma UNE 60670.
La UNE 60670-5 en la parte 3 (Instalaciones receptoras de gas suministradas a una presión máxima de operación inferior o igual a 5 bar), en el punto 5.6 (Centralización de contadores), dice que las baterías de contador se deben fabricar según la norma UNE 60490.
LOSTAL comercializa baterías de contador fabricadas con un sistema de calidad ISO 9001 y certificadas con la marca "N" de AENOR, lo que garantiza el cumplimiento de las normas anteriormente descritas.
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